El bloque de diputados del PRO presentó un proyecto de ley para que personas condenadas por delitos de corrupción con sentencia en segunda instancia judicial no puedan presentarse como candidatos para ejercer cargos públicos electivos provinciales o ser designados para ejercer cargos públicos provinciales o partidarios. La prohibición la fija al incorporar los incisos e) y f) al artículo 68 de la Ley N°3053, de Código Electoral Provincial.
De esta forma, el inciso e) excluye de poder presentarse como candidato a personas con sentencia en segunda instancia de delitos como el cohecho, tráfico de influencias, fraude en perjuicio de la administración púbica, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, asociación ilícita, enriquecimiento ilícito, encubrimiento, fraude en perjuicio de la administración pública, entre otras causales previstas en el Código Penal, en leyes especiales o en tratados, convenios y convenciones internacionales a los cuales el país adhirió.
Por su parte, el inciso f) extiende la prohibición a las personas que hayan sido expulsadas, destituidas, removidas e inhabilitadas de la función pública mediante un proceso de juicio político.
En sus fundamentos sostiene que mediante esta disposición las personas condenadas esencialmente por delitos de corrupción, contra el Estado y la administración pública con condena confirmada en segunda instancia, quedarán automáticamente inhabilitados para postularse como candidatos para ejercer cargos públicos electivos en el ámbito provincial, situación que en la actualidad no sucede.
A ello añade como agravante que para lograr que una sentencia quede firme a veces el proceso puede demandar muchos años, otorgándole la posibilidad a la persona condenada penalmente de poder presentarse como candidato.
El proyecto N°12.987 ingresó por mesa de entradas el 2 de diciembre con la firma de los diputados y diputadas del PRO Carolina Rambeaud, Damián Canuto y Oscar Smoljan (UCR).
Neuquén, 03 de diciembre de 2019.-