Noticias

Varios
img

La Cámara sancionó seis leyes

Durante la 4° sesión ordinaria, la Cámara aprobó la ley que establece un régimen especial de licencia con goce de haberes para empleados del Estado cuyos hijos o hijas deban realizarse un tratamiento oncológico -N° 3430-. De igual modo, el cuerpo sancionó la ley 3428, normativa que exceptúa a simples asociaciones y asociaciones civiles de escasos ingresos de tener que presentar balances anuales rubricados por contador público.

En el mismo sentido, votó por mayoría la ley 3431, de creación del programa de entrenamiento, capacitación y certificación laboral KImun-Vinculación Laboral; el plan de reactivación de obra pública -ley 3432-;la normativa que permite la reincorporación de personal retirado de la policía provincial -N° 3433- y la ley 3429, de trazabilidad y verificación periódica de equipamiento del sistema de salud. 

Ley3430 - Licencia laboral con goce de haberes para agentes públicos provinciales que tengan hijos con diagnóstico de cáncer

La ley establece una licencia laboral especial con goce de haberes para trabajadores del Estado provincial que sean padres, madres o representantes legales de niños, niñas y adolescentes con diagnóstico de cáncer. La licencia tendrá una duración de seis meses, con posibilidad de ser renovada, y para solicitarla será requisito presentar el informe médico correspondiente.

La diputada Zulma Reina (DC-Comunidad),impulsora de la iniciativa, explicó que el objetivo es brindar un acompañamiento desde el Estado provincial a las familias que deben afrontar el tratamiento oncológico de un hijo o hija, sobre todo a quienes deben trasladarse desde del interior de la provincia para atenderse en el Hospital Castro Rendón que –remarcó- es delegado regional del Hospital Garrahan en esa patología y presta una atención de excelencia.“Estamos apostando a mantener ese núcleo familiar”, sostuvo.

Ley3431 - Programa provincial de entrenamiento y certificación laboral

La creación del programa «Kimun –Vinculación Laboral» es una propuesta del Poder Ejecutivo provincial que apunta a vincular la ciudadanía con empresas privadas, públicas o privadas con participación estatal mayoritaria. Se trata de «entrenamientos formativos en espacios reales de trabajo» para personas mayores de 18 años, con residencia en Neuquén y en situación de vulnerabilidad o dificultad de inserción laboral.

El entrenamiento deberá tener una carga horaria de 20 horas semanales como máximo y no podrá superar las 4 horas diarias, de lunes a viernes.

Ley3432 - Plan de reactivación de obra pública

La iniciativa, también presentada por el gobernador Rolando Figueroa, propone crear un “Plan de reactivación de obra pública provincial”, con una vigencia de dos años, prorrogable por otros dos. La medida apunta a reactivar aquellas obras iniciadas en materia de educación, salud, seguridad, viviendas, vialidad y servicios (electricidad, gas, agua y saneamiento) que se encuentran paralizadas. La norma también declara la emergencia en la obra pública provincial como consecuencia de la ruptura de la ecuación económica y que abarca a todos los contratos en curso de ejecución.

Ley3433 - Reincorporación voluntaria de policías retirados

De igual modo, el cuerpo convirtió en ley N° 3433 la iniciativa del Poder Ejecutivo que promueve la reincorporación voluntaria de policías retirados. Según informó el diputado Ernesto Novoa(DC-Comunidad), el objetivo es reforzar la presencia policial en las calles para solucionar el problema de inseguridad y, al mismo tiempo, colaborar con la caja previsional. Sobre este último punto, mencionó que faltan policías en actividad y que se necesitan 1,79 agentes en actividad para sostener a un retirado. Señaló que la reincorporación podrá realizarse mediante dos modalidades. Por un lado, sin renunciar al haber de retiro y percibiendo una prestación por su tarea; y por el otro, quienes no finalizaron su carrera podrán suspender el retiro para continuar. “Tal vez esto no solucione el problema de inseguridad en la provincia o el problema de la caja pero le vamos a dar una herramienta al Poder Ejecutivo”, aseguró.

Ley 3428. Eximen a pequeñas asociaciones de tener que presentar balances contables certificados

La normativa, aprobada por unanimidad, exceptúa a las pequeñas asociaciones civiles de tener que presentar balances anuales con firma certificada de un contador público. De esta forma, simples asociaciones, clubes de barrio, fundaciones, iglesias y entidades confesionales con ingresos brutos por debajo del tope dispuesto parala categoría “C” del monotributo podrán acceder al beneficio y dejarán de incurrir en un gasto oneroso que la mayoría de este tipo de instituciones no puede cumplir.

En la ocasión, el legislador Carlos Coggiola (Neuquén Federal) aseguró que se trata de una demanda que desde hace tiempo reclama un sector de la sociedad civil comprometido con diferentes actividades y problemáticas sociales para poder funcionar de manera legal.

En ese sentido, explicó que la normativa alcanza a asociaciones cuyos ingresos no superen en la actualidad los 4 millones de pesos anuales y que encuentran comprometido su funcionamiento al no poder costear el valor que demanda un balance rubricado por un contador público, situación que deriva en un incumplimiento que, en muchos casos, lleva a la disolución de la asociación o tener que trabajar de manera ilegal. 

“No podían realizar elecciones y tener a sus autoridades designadas porque siempre faltaba este requisito. Los mandatos se vencían y, por la irregularidad de no poder presentar balances, tampoco podían recibir donaciones, subsidios o formar parte de programas de carácter nacional, provincial o municipal”, sostuvo el legislador.

Al hacer mención al requisito administrativo que deben efectuar ante la Dirección de Personas para mantener su regularidad, Coggiola indicó que ahora las asociaciones podrán informar a través de un formulario sobre su situación patrimonial y declarar en el documento tanto el estado de sus recursos como de sus gastos. Aclaró que cada acto administrativo debe estar avalado por la firma de su presidente, dela persona que ejerza como tesorero y de las autoridades que conforman la comisión directiva.

Ley 3429. Trazabilidad y verificación periódica de equipamiento del sistema de salud

El equipamiento del sistema de salud contará con un sistema de trazabilidad que permitirá controlar y conocer el estado en que se encuentra cada aparato que se utiliza para prestar atención médica en la provincia. Así lo decidió el cuerpo legislativo al votar por unanimidad la ley 3429 -enviada por el Ejecutivo provincial-, que adhiere a la normativa nacional 26.906, de régimen de trazabilidad  y verificación de aptitud técnica de los productos médicos activos de salud que se encuentren en uso en la provincia.

Al oficiar de miembro informante, el diputado Francisco Lépore (Avanzar) destacó que se trata de una iniciativa que permite llevar un registro sobre todo el equipamiento técnico que utiliza el sistema sanitario provincial, tanto del que se encuentra en funcionamiento en el sistema público como en el sector privado.

Lépore destacóque a nivel provincial la verificación de la aparatología se realizará íntegramente en el laboratorio de metricidad local e indicó que luego de efectuarse el control periódico a cada equipo, el mismo será certificado y quedará habilitado para su uso.

“Es una suerte deVTV para garantizar que cada uno de los equipos que se encuentran en funcionamiento en el sistema de salud provincial funcionen de manera adecuada”, fundamentó el legislador.