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Notas:
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La ley de concursos y quiebras 24.522, que se encontraba incorporada como Libro IV al Código de Comercio (art.293, LCQ), a partir de ahora mantiene su vigencia como ley complementaria al Código Civil y Comercial de a Nación (art. 5°, ley 26.994). Toda referencia al Código Civil o al Código de Comercio contenida en la legislación concursal vigente debe entenderse remitida al Código Civil y Comercial de la Nación (art. 6°, ley 26.994).
Contiene:
Apéndice: Antecedentes de la ley 24.522, legislación nacional complementaria, tratados internacionales y acordadas.
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