La subcomisión interpoderes que trabaja en la reforma del Código Procesal Civil y Comercial llevó adelante esta mañana una nueva reunión centrada en el análisis de la prueba y de las vías recursivas. En ese marco, el jurista Gustavo Calvinho presentó la tercera entrega del anteproyecto con una serie de propuestas que contemplan la incorporación de nuevas reglas generales para ordenar la admisibilidad de la prueba, la actualización de los medios probatorios a partir de los avances tecnológicos y el diseño de un sistema de recursos que otorgue mayor claridad, con el objetivo de evitar dilaciones en los procesos.
Calvinho expuso un esquema que reorganiza la parte probatoria previa al juicio en cuatro figuras diferenciadas: diligencias preparatorias, producción anticipada de prueba, preservación de la fuente de prueba —que apunta principalmente a la evidencia digital— y, como principal novedad, un mecanismo de “descubrimiento de pruebas”.
Esta última figura -conocida como “Discovery” en el derecho anglosajón- permitirá obtener evidencias antes del inicio formal del juicio para contribuir a la construcción de una teoría del caso sólida, favorecer la resolución consensuada del conflicto o evaluar si la causa reúne la madurez necesaria para ser llevada a juicio. Funcionará entre partes -tendrá carácter privado-, con intervención judicial solo en caso de desacuerdo y límites para evitar abusos. Calvinho remarcó que la incorporación de esta figura convertirá al nuevo Código en el primero del país y de la región en contar con esta herramienta.
El asesor también hizo mención a la posibilidad de incluir la apelación por adhesión, recurso que permite a la parte ganadora poder aceptar una sentencia en la que no se cumplimente el 100% de lo demandado pero que a la vez es apelada por la contraparte.
Con esta incorporación, el demandante puede adherir al recurso del demandado y solicitar que se le restituya la parte pendiente. Con este mecanismo recursivo lo que se busca es que la parte perdedora desista de la apelación y así poder reducir el número de recursos que los abogados introducen en el proceso. Calvinho sostuvo que su implementación funciona en otras provincias y, además de evitar dilaciones, resguarda a la parte ganadora.
“No apelo porque estoy conforme, pero la otra parte puede apelar porque sí y yo me quedo sin recursos”, justificó el abogado al señalar que también se resguarda la posibilidad del demandante de contar con una instancia más de apelación en aquellos casos en los cuales el demandado desconozca la sentencia alcanzada.
En otro orden, Calvinho destacó la necesidad de resolver en la Cámara la apertura de prueba. Se utilizaría para los casos previstos en los cuales la prueba no fue admitida o no se pudo producir en primera instancia. El catedrático sostuvo la importancia de poder resolver estas situaciones en la Cámara para no dilatar los tiempos del proceso. No obstante, reconoció como contraproducente que quede limitada a una sola instancia la resolución de la prueba.
El expositor se pronunció a favor de utilizar el recurso de nulidad, agravio no previsto en la jurisprudencia procesal neuquina en lo que respecta a las sentencias que puede producir un juez. Al respecto, diferenció su aplicación con el recurso de apelación -sí previsto-.
Sobre su utilización, Calvinho identificó que solamente se puede interponer bajo cuatro fundamentos: vicios de incongruencia en la sentencia, que no se respeten los requisitos formales respecto al fallo; que presente incoherencias respecto a la decisión y la motivación; o que exprese una fundamentación aparente. Al hacer referencia a este último condicionante, expuso que el mismo aplica para situaciones en las cuales se pueda evidenciar algún grado de arbitrariedad.
Por otro lado, explicó que la propuesta promueve convenciones probatorias y delimita qué hechos requieren prueba y cuáles no, con el objetivo de concentrar el debate en lo sustancial y agilizar y transparentar los procesos.
En otro tramo, el jurista se refirió al objeto de prueba, cuyo concepto general expresa qué hay que probar en general en un proceso. En este aspecto, indicó que en este Código se plantean cambios, y prevé modificaciones y precisiones técnicas amoldadas a las nuevas tecnologías y realidades.
Además, mencionó elementos como la delimitación del objeto y del tema de la prueba para proporcionar directrices precisas respecto a lo que se pretende probar en el proceso; y de la distinción de las fuentes y de los medios de prueba, entre otros.
En lo que respecta a innovaciones acerca de la regulación de los medios de prueba, resaltó aspectos como, esclarecimiento del concepto del documento para las nuevas tecnologías, regulación de los documentos digitales y su reconocimiento; y diferenciación del dictamen pericial de opinión (pericias psicológicas) al de pericias científicas, entre otros.
En otro orden, clasificó en nueve motivos la inadmisibilidad probatoria, entre los que se destacan pertinencia, utilidad, conducencia e improcedencia. Aclaró que una prueba no puede ser rechazada a priori por el juez y que la motivación de su exclusión quedará refrendada en la sentencia.
También se refiri ó a la incorporación de una prueba extraprocesal. Sobre este punto, aclaró que se trata de una evidencia que debe ser acordada entre las partes en forma privada para poder ser incorporada al proceso. Añadió que por tratarse de un sistema adversarial, se podrá trasladar prueba entre el fuero penal y el civil.
Respecto a la prueba documental electrónica, especificó que el nuevo Código deberá reconocer la firma electrónica, instancia que podrá ser revalidada a través de una pericia informática, en caso de ser solicitada. En tanto, Calvinho recordó que en materia de presentación de testigos, el sistema implementará normas y reglas para las instancias de interrogatorio, contra interregatorio y objeciones.
El presidente de la comisión interpoderes, Ernesto Novoa (Comunidad), informó que el próximo encuentro regional tendrá lugar el viernes 19 de septiembre en San Martín de los Andes, en lo que será la última visita al interior. “Hemos recorrido toda la provincia”, remarcó.
Neuquén, 15 de septiembre de 2025.