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Figueroa presentó la modificación a la ley de tierras para preservar el interés provincial

El gobernador Rolando Figueroa presentó un proyecto de ley que modifica el articulado de la ley 263 -Código de Tierras Fiscales-, con el fin de propiciar la asignación de tierras fiscales a personas que tengan vinculación efectiva con la provincia, cumplan condiciones verificables y respeten objetivos de producción sostenible, según establecen la fundamentación. 

La reforma recae sobre el artículo 1° de la ley 263, en el que se explicita que el Poder Ejecutivo promoverá el cumplimiento de la función social de la tierra fiscal, mediante su arrendamiento y enajenación en forma progresiva y orgánica a favor de los auténticos trabajadores del campo. Declárase norma fundamental para la interpretación y aplicación de la ley, el concepto de que la tierra no debe constituir un bien de renta sino un instrumento de trabajo. El objetivo principal es la protección del campesinado y la reactivación de la tierra fiscal a través del incentivo a proyectos productivos vinculados a las actividades ganaderas, agrícolas, forestales, turísticas, industriales o de agregado de valor, que promuevan el arraigo, la generación de empleo, el desarrollo sostenible y la protección de los recursos naturales de dominio provincial. Sólo podrán adjudicarse tierras fiscales en venta o en arrendamiento a personas humanas o jurídicas argentinas.

Las modificaciones impulsadas consisten en la fijación de condiciones para la adjudicación y el arrendamiento de tierras fiscales en todo el territorio provincial, con el objetivo de proteger el interés público provincial, fortalecer el uso productivo y estratégico de las tierras, garantizar la planificación territorial y resguardar la soberanía territorial efectiva. 

“Las tierras fiscales, por su destino y relevancia social y económica, constituyen un activo del patrimonio provincial destinado a políticas de desarrollo productivo de la agricultura, ganadería, forestación, energías renovables, turismo, industria, ordenamiento territorial y ambiental, generación de empleo y prevención de la concentración indebida”, sostiene el gobernador en los fundamentos. 

Más adelante agrega que la modificación que tiene por fin preservar el interés provincial respecto de un recurso estratégico, a través del ejercicio por parte de la provincia de la jurisdicción plena sobre su territorio, sus competencias no delegadas de conformidad con el Artículo 121 de la Constitución Nacional y el dominio originario de sus recursos naturales existentes en su territorio en virtud de lo dispuesto por el Artículo 124 de la Carta Magna.

El proyecto de ley (18501) ingresó por Mesa de Entradas el 3 de agosto.