La subcomisión de reforma del Código Procesal de Familia se reunió esta mañana en una mesa de trabajo de análisis del anteproyecto del nuevo marco normativo. Durante el encuentro, representantes de los tres poderes del Estado, colegios profesionales, asociaciones de magistrados y universidades analizaron el texto bajo la conducción técnica de la experta Mariel Molina de Juan. El cuerpo volverá a reunirse el 17 de septiembre.
En la ocasión, Molina de Juan presentó las dos primeras partes del texto, un compendio de 208 artículos, basadas en materia general -primera parte- y en procesos especiales –segunda parte-.
El primer título del libro I incorporó -según indicó la jurista- tres grandes títulos: por un lado las reglas generales y, por otro, cuestiones propias de la provincia como, por ejemplo, el reconocimiento de la interculturalidad; el rol de los jueces de paz con rol fundamental en materia de violencia de género; el registro y la videograbación de ciertas audiencias; recursos, materia en la que se remite al Código Procesal Adversarial Civil y Comercial, a fin de unificar la práctica en cuestiones generales y agilizar los procedimientos.
El segundo título se refiere a la etapa previa extrajudicial que contempla distintas técnicas de resolución no contenciosas de conflicto, como la mediación. “Esta es una verdadera innovación”, aseguró Molina de Juan al puntualizar que sería una instancia de carácter obligatoria, excepto para cuestiones de orden público no susceptibles de conciliación, y aplicaría por ejemplo, a ciertas presentaciones de afiliaciones y divorcios no bilaterales. El objetivo es “evitar que todo conflicto familiar se transforme en un litigio jurídico”, concluyó la jurista.
Finalmente, el tercer título del primer capítulo, organiza las clases de procesos y Molina de Juan detalló dos de ellos: el ordinario por audiencias y el urgente. El primero aplicaría a aquellas cuestiones que no tienen un procedimiento específico. Contempla dos audiencias, una etapa escrita y otra oral, y el cierre del proceso con la sentencia escrita.
En tanto, el procedimiento urgente constituye “una herramienta más útil y práctica” para dar respuesta a situaciones que involucran derechos fundamentales y cuya solución debe ser inmediata. Una opción es fijar una audiencia de trámite -con restricciones en materia probatoria-, para asegurar la bilateralidad y dictar sentencia inmediatamente mientras que la la otra modalidad se podría aplicar a situaciones de extrema urgencia, y la constituyen las audiencias de oposición o de defensa, ocasión en la que tras la audiencia, el juez decide si mantiene la medida, la modifica o la revoca. Ambas opciones permiten recursos de apelación. Construyen opciones “muy valiosas” para situaciones de riesgo en materia de alimento y cuestiones derivadas del ejercicio de la responsabilidad parental, aseguró Molina De Juan.
Alimentos, divorcio y responsabilidad parental
La parte especial contempla procedimientos vinculados con la capacidad jurídica de las personas, las autorizaciones judiciales, el divorcio, los alimentos, la filiación y el ejercicio de la responsabilidad parental.
En materia de capacidad, Molina de Juan recalcó que el objetivo es promover la autonomía de las personas y que la propuesta incorpora la posibilidad de determinar apoyos para que puedan ejercer su capacidad jurídica.
Para los reclamos alimentarios, explicó que se prevé un procedimiento común que comprende la fijación, el aumento y la disminución de la cuota, los alimentos extraordinarios, los reembolsos y la distribución de los gastos. Además, uno de los cambios más importantes es la posibilidad de establecer una cuota provisoria al finalizar la audiencia inicial, lo que permitirá dar una respuesta inmediata mientras continúa el proceso. De esta manera, una medida que actualmente puede demorar varios meses podrá resolverse en una etapa mucho más temprana. También se incorpora como novedad la flexibilización de las notificaciones, cualquiera sea el domicilio real de la persona demandada.
Molina de Juan indicó que este procedimiento se apoya en dos ejes: la tutela oportuna y la incorporación de las perspectivas de género, niñez, vulnerabilidad y discapacidad. “Los alimentos se deben cobrar hoy”, remarcó al explicar la necesidad de evitar que las demoras procesales afecten la eficacia de las resoluciones.
La especialista también explicó que el anteproyecto contempla un procedimiento de alimentos urgentes para personas embarazadas y para situaciones en las que un cambio en las condiciones de vida genere un riesgo claro e inminente, particularmente para niñas, niños o personas con discapacidad. Aclaró que esas circunstancias deberán acreditarse y que los alimentos otorgados por esta vía caducarán si no se inicia, dentro del plazo previsto, la etapa extrajudicial correspondiente al procedimiento general.
En cuanto a la responsabilidad parental, el articulado regula los planes de parentalidad, el cuidado personal, los regímenes de comunicación y los desacuerdos sobre decisiones vinculadas con niñas, niños y adolescentes. También incorpora procedimientos urgentes ante riesgos de desvinculación o situaciones que no admitan demora.
Sobre el divorcio, Molina de Juan explicó que la propuesta prevé una mediación previa cuando la pareja no haya acordado cómo resolver las cuestiones derivadas de la separación. Aclaró que esas diferencias no impedirán que el juez dicte el divorcio y podrán tratarse en una audiencia posterior, para evitar demoras. Además, exige informar la fecha de separación de hecho, a partir de la cual se dará por terminado el régimen de bienes gananciales del matrimonio. Si la otra persona no cuestiona esa fecha, se tomará como válida.
En otro tramo, anticipó que quedan pendientes algunos apartados que requieren un análisis específico antes de incorporarse al anteproyecto, como los procedimientos relativos al sistema de protección y control de legalidad, la adopción, la restitución internacional de niñas, niños y adolescentes y las situaciones de violencia de género y familiar.
La reunión fue encabezada por el diputado Ernesto Novoa (Comunidad), presidente de la comisión interpoderes, y la diputada Cielubi Obreque (MPN), secretaria del cuerpo. También participaron la coordinadora de la Subcomisión de Familia, Aylén Martín Aimar, y los abogados Ramiro Benítez y Victoria Rezzónico, en representación de la presidencia de la Legislatura.
En lo que respecta al capítulo de filiación, la jurista dijo que es breve y que como trámite general se aplica el proceso ordinario por audiencias adaptado a este tipo de juicios y en la etapa previa extrajudicial para los casos por naturaleza se busca pactar la prueba genética y de ser necesario se acude al aporte de parientes de hasta segundo grado.
Al ser consultada por la posibilidad de habilitar instancias de prueba que incorporen la presentación de informes psicosociales de instituciones o consultas a familiares con relación directa, la especialista sostuvo que dentro del procedimiento de cuestiones relativas a la responsabilidad parental, el juez se encuentra facultado para intensificar la prueba de oficio a través de informes psicosociales o por interacción familiar, aunque las partes no lo hayan solicitado.
Así lo indicó al advertir que su solicitud no se impone como un mandato, sino como facultad a valorar y diferenció entre las instancias que se derivan entre procedimientos urgentes y los de orden ordinario. Al respecto, resaltó que para resolver en forma rápida los primeros, se debe acotar la prueba, ya que luego, en una instancia posterior, se pueda ampliar la prueba y dar lugar a informes más específicos.
También observó que como principio general “la escucha de los niños, niñas y adolescentes tiene lugar en forma previa a cualquier trámite oral. El juez lo primero que debe hacer es escuchar a los niños y después a los progenitores”, observó al señalar que de esta forma el juez puede contar con un panorama más completo al momento de escuchar a los progenitores. Sobre este punto, separó la instancia de la escucha del momento propio en el que se lleva adelante la audiencia. También observó que las propias partes deben informar al juez si el niño no tiene intenciones de ser escuchado.
Participaron de la reunión los diputados Damián Canuto, Carlos Coggiola y Gerardo Gutierréz y las diputadas Gisselle Stillger y Lorena Parrilli; los representantes del Poder Ejecutivo, María Laura du Plessis y Nadia Carolina de Lourdes Casal. También estuvieron también Carla Pandolfi en representación del TSJ y Vanina Merlo, titular del Ministerio Público de la Defensa, entre otros funcionarios del Poder Judicial, así como Marcelo Iñiguez y Adriana Almendra del Colegio de Abogados; Natalia Machado y Eliana Fortbetil de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia del Neuquén. Por UCASAL participó María Gabriela Ávila, por la Jefatura de Policía lo hizo el Oficial Principal Pablo Marcelo Carballal y por la escuela de cadetes el comisario inspector Marco Antonio Mora y el Jefe de la Comisaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de Neuquén, Cristian Eduardo Belmar.
Neuquén, 31 de agosto de 2026.