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Sugieren reformas para readecuar el Código Procesal Administrativo al sistema adversarial judicial

El diputado Francisco Lepore (Avanzar) presentó un proyecto para modificar ciertos artículos del Código Procesal Administrativo -ley 1305- y adecuarlos a las disposiciones del nuevo Código Procesal Civil Adversarial. El objetivo es agilizar los plazos judiciales y asegurar que los litigios sean resueltos por jueces especializados según su naturaleza jurídica. La iniciativa amplía la materia administrativa para incluir los conflictos regidos por el Derecho Público, al tiempo que excluye las causas laborales, los procesos ejecutivos y los asuntos regidos exclusivamente por el Derecho Privado. 

Al respecto, en la fundamentación el diputado sostiene que la reforma plantea una ampliación de la materia administrativa al incorporarle toda controversia que resulte regida de manera predominante por normas y principios del Derecho Público provincial o municipal. Esta condición de la competencia se aplicará con independencia de la denominación técnica que las partes otorguen a su demanda originaria.

El legislador considera que uno de los puntos más relevantes del proyecto es la regulación del tratamiento de los juicios de desalojo, interdictos y expropiaciones en los que existan funciones o bienes públicos involucrados. Para tales casos específicos, la provincia, los municipios y los entes autárquicos contarán con la facultad de utilizar el trámite rápido contemplado en el Código Procesal Civil Adversarial (ley 3551), sancionado recientemente. Agrega que la modificación sugerida permitirá al Estado la recuperación ágil de los inmuebles que sufran ocupaciones ilegales o donde sea necesario el ejercicio inmediato de prerrogativas públicas.

Lepore añade que la normativa facultará a los jueces a ordenar la entrega inmediata de los bienes inmuebles al Estado en cualquier etapa del proceso judicial, tras una evaluación rigurosa de las pruebas presentadas. En tanto, para facilitar la protección y restitución del patrimonio público, el texto exime a las dependencias estatales de la obligación de prestar cauciones, fianzas o cualquier tipo de garantía económica para la ejecución de estas medidas cautelares. Por esto, el proyecto estipula que el Código Procesal Civil Adversarial funcionará como norma supletoria ante eventuales vacíos legales en la norma administrativa.

Más adelante aclara que la propuesta incluye una cláusula de transición para asegurar la estabilidad de las causas que ya se encuentran bajo revisión judicial. Por lo cual, en el articulado señala que como “régimen transitorio” los procesos que se encuentren en trámite en la actualidad mantendrán su curso regular ante los mismos órganos jurisdiccionales que intervienen en el presente.

“La reforma persigue, en definitiva, un objetivo sencillo: que cada controversia sea resuelta por el juez especializado que corresponda según su verdadera naturaleza jurídica, evitando conflictos de competencia, reduciendo dilaciones innecesarias y otorgando mayor seguridad jurídica tanto al Estado como a los ciudadanos”, concluye el legislador.

El proyecto de ley (18751) ingresó por Mesa de Entradas el 21 de octubre de 2026, acompañan Zulma Reina, Ernesto Novoa, Yamilla Hermosilla, Matías Martínez y Luz Ríos  (Comunidad); Verónica Lichter (PRO-NCN) y Carlos Coggiola (Neuquén Federal).