Ingresó a la Legislatura un proyecto de ley que establece un régimen especial para el destino de los honorarios profesionales regulados judicialmente en causas donde el Estado provincial intervenga como parte, representado por abogados estatales. Se trata de una iniciativa particular, impulsada por el abogado Alfredo Cury, que busca prohibir la percepción personal de esos honorarios y disponer su ingreso total a Rentas Generales de la provincia.
El proyecto tiene como objetivo regular el destino de esos recursos, establecer un límite de proporcionalidad para los honorarios de los abogados del Estado y contemplar mecanismos de protección para contribuyentes en situación de vulnerabilidad económica. Además, incluye a organismos descentralizados, entidades autárquicas y municipios que adhieran dentro de su ámbito de aplicación.
La propuesta alcanza a procesos vinculados con el cobro de tasas, contribuciones, multas, créditos fiscales y otros reclamos en los que el Estado ejerza su defensa o promueva acciones judiciales. Dispone que los recursos tendrán como destino prioritario la modernización de las plataformas de cobro extrajudicial y al financiamiento de las áreas de salud, educación y obras públicas.
También establece un tope máximo del 33% del monto en discusión para los honorarios del letrado estatal, incluidos intereses y actualizaciones, y se prevé la eximición total o parcial para personas con ingresos bajos, beneficiarios de programas sociales, jubilaciones mínimas o situaciones de discapacidad.
En los fundamentos, el autor explica que el proyecto surge a partir de situaciones en las que deudas de escasa cuantía derivan en procesos judiciales cuyos honorarios profesionales “multiplican por decenas el valor de la deuda original”. Como ejemplo, menciona que una deuda de 10 mil pesos en concepto de tasas puede generar honorarios de entre 300 mil y 400 mil pesos.
Advierte que el esquema vigente genera incentivos económicos para litigar, ya que los abogados estatales perciben honorarios adicionales a su salario. “El Estado se ha convertido, inadvertidamente, en el instrumento de enriquecimiento personal de sus propios funcionarios letrados, a expensas del ciudadano más vulnerable”, argumenta.
En los fundamentos jurídicos, la iniciativa invoca el principio de razonabilidad previsto en la Constitución Nacional, así como el de proporcionalidad que se desprende de la ley nacional 24.432 vinculada a los regímenes de honorarios profesionales y costas judiciales. Por otro lado, menciona la necesidad de resguardar el derecho de propiedad frente a cargas que puedan considerarse excesivas y la inaplicabilidad de los mínimos arancelarios previstos en la ley provincial 1594, al entender que esa norma fue creada para garantizar el carácter alimentario de la retribución de los profesionales independientes que no tienen otra fuente de ingresos.
El proyecto (18207) ingresó por Mesa de Entradas el pasado 20 de marzo.