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Tope a honorarios profesionales en casos de juicio de ejecución de deuda

La legisladora Lorena Parrilli (UxP) presentó un proyecto de ley que fija un tope de tres IUS o el equivalente al 30% del capital sobre los honorarios que puede percibir un abogado al actuar en juicios de ejecución de deuda en representación del Estado. 

La iniciativa abarca tanto a situaciones de moras en servicios públicos, tasas, contribuciones, multas y otros impuestos, y contempla tanto a las instancias provinciales y municipales como también a las entidades autárquicas y a las empresas de carácter público. Lo hace al incorporar el artículo 13 bis a la ley 1594, norma que regula los honorarios de la profesión.

Observa en sus fundamentos que la medida busca terminar con un incremento desproporcionado en el monto final que cualquier vecino debe abonar por una multa al incorporarse en el cálculo los honorarios que percibe el abogado. En ese sentido, recuerda que si a las costas de la primera etapa del juicio se le suman los gastos que de una segunda instancia de ejecución, el monto final a abonar resulta desmesurado en proporción a la deuda real que el Estado pretendía cobrar. 

La iniciativa estima que pueden experimentarse desfasajes que desvirtúan el sentido inicial de la sanción, situación que se traduce en un acto confiscatorio y significa un grave perjuicio para el vecino. Para caso, grafica que para la ejecución de una multa de 1500 pesos, un ciudadano podría terminar abonando cerca de 500 mil pesos en concepto de honorarios profesionales. 

El proyecto (18315) ingresó por Mesa de Entradas el 5 de mayo.