El diputado Darío Peralta (UxP) presentó un proyecto de ley para prevenir la muerte súbita de origen cardiovascular en las escuelas de la provincia. La iniciativa establece la obligatoriedad de instalar al menos un desfibrilador externo automático (DEA) en todos los establecimientos educativos de gestión estatal y privada, y otorga un plazo de dos años para su cumplimiento.
El proyecto declara "espacios cardio asistidos" a la totalidad de las instituciones escolares de todos los niveles y modalidades, bajo el amparo de la ley nacional 27.159 y la ley provincial 3071. La normativa vigente a nivel federal exige estos dispositivos en lugares con una concurrencia superior a las 1.000 personas por día.
Con esta propuesta, el legislador busca extender la protección a los colegios con menor matrícula y a las escuelas rurales, que hoy quedan fuera de la obligación a pesar de afrontar riesgos por actividades físicas o por la distancia hacia los servicios médicos de emergencia.
De acuerdo con el articulado, el Consejo Provincial de Educación (CPE) actuará como autoridad de aplicación en coordinación con los ministerios de Educación y de Salud. En tanto, para las escuelas públicas, el CPE asumirá la provisión, el mantenimiento de los equipos y la formación de los agentes. Mientras que para los colegios privados, la responsabilidad y los costos correrán por cuenta de la entidad propietaria, bajo la fiscalización del propio consejo. Además, indica que el personal escolar que intervenga ante una emergencia quedará exento de responsabilidad civil, penal o administrativa, de conformidad con el marco legal nacional.
Entre los fundamentos de la propuesta, Peralta cita estadísticas de la Fundación Cardiológica Argentina, que contabiliza cerca de 40.000 muertes súbitas anuales en el país, de las cuales el 70% ocurre fuera de los hospitales. Asimismo, datos del Consejo Europeo de Resucitación indican que la aplicación de la desfibrilación dentro de los primeros tres a cinco minutos eleva la supervivencia a niveles de entre el 50% y el 70%, un resultado que depende de la presencia inmediata de estos dispositivos portátiles en el lugar del hecho.
En otro tramo del texto, señala que la propuesta toma como modelo la reciente ley provincial 3580, sancionada en octubre de 2026, que fijó la obligatoriedad de instalar detectores de monóxido de carbono en las aulas neuquinas. Al igual que en ese antecedente, se dispone un plazo de 180 días para la reglamentación y la creación de un protocolo específico de actuación ante paros cardiorrespiratorios.
El proyecto de ley (18782) ingresó por Mesa de Entradas el 2 de noviembre de 2026, acompañan con su firma Lorena Parrilli (UxP); Cecilia Papa y Federico Méndez (Democracia Neuquén); Brenda Buchiniz (Cumplir) y César Gass (JxC-UCR).